
DISPOSICIONES GENERALES
La promoción “Feria de vivienda Fundación Costa Rica Canadá ”, consiste en que los clientes que participaron de la feria por efectuarse los días 9, 10 y 11 de octubre de 2026, en las instalaciones de Multiplaza del Este y que completen el formulario digital al escanear el código QR de la Fundación Costa Rica Canadá, en adelante: La Fundación, quedarán habilitados para participar en la rifa de cinco avalúos. Los clientes de la Fundación pueden ser personas físicas o jurídicas . El sorteo se llevará acabo el día 12 de octubre del 2026 en presencia de un abogado. La promoción “Feria de Vivienda Fundación Costa Rica Canadá ”, aplicará para cinco ganadores del pago del avalúo. Para tales efectos se establecen los siguientes lineamientos y condiciones: DEFINICIONES. REGLAMENTO: Documento que regula la actividad dirigida por la Fundación Costa Rica- Canadá denominada promoción “Feria de Vivienda Fundación Costa Rica Canadá ”.
PATROCINADOR: Es el nombre que recibe la Fundación Costa Rica Canadá en esta promoción. NOMBRE DE LA PROMOCIÓN: Esta promoción recibe el nombre de “Feria de Vivienda Fundación Costa Rica Canadá ". GANADOR O FAVORECIDO: Es la persona física o jurídica que participa y resulta electa en el sorteo de esta promoción, cumpliendo con los requisitos indicados en el presente reglamento, como consecuencia de haber participado de la Feria de Vivienda. VIGENCIA DE LA PROMOCIÓN. La promoción es por tiempo limitado, inicia el 9 de octubre y finaliza el 11 de octubre del 2026. PREMIO. La presente promoción consiste en otorgar a cinco ganadores el pago del avalúo de una única propiedad o inmueble. El ganador no recibirá dinero en efectivo y este premio no es transferible o canjeable de ninguna forma. Solo se realizará un único avalúo por ganador. Estos premios cuentan con las siguientes condiciones y limitaciones adicionales, a las cuales deberán adherirse los favorecidos. La Fundación solamente considerará para efectos del sorteo una única participación por persona o cliente. La información necesaria para la realización será brindada por la Unidad de Gestión de Clientes de la Fundación, con el registro que deberá efectuar el cliente utilizando para ello necesariamente un código QR, el cual será suministrado por la Fundación. La Fundación procederá a contactar al ganador mediante llamada telefónica, o bien mediante algún otro medio idóneo, para que manifieste si acepta el premio. Es responsabilidad de cada participante comunicar a la Fundación la información de contacto necesaria. De no ser localizados en un plazo de 24 horas a partir del momento en que se determinó que cumple con los requisitos establecidos y que resulta ganadora, la Fundación procederá a realizar un nuevo sorteo con las demás personas participantes que hayan cumplido con los criterios establecidos en el presente reglamento. La Fundación procederá a documentar las llamadas o gestiones de comunicación realizadas. El sorteo se realizará en presencia de un abogado(a) y se emitirá la documentación por medio de la cual se acredita el proceso de elección y de la declaratoria de las personas ganadoras. Este premio tiene vigencia del 12 de octubre del 2026 al 12 abril del 2027. De no ejecutar el premio este quedará sin validez. El premio deberá ser reclamado ÚNICAMENTE por la persona que fuera declarada como favorecida de acuerdo con las condiciones establecidas en el presente reglamento. El ganador firmará el recibo conforme del premio, lo cual podrá realizar también por cualquier medio que permita acreditar de manera fehaciente lo anterior. Con el fin de hacer público el resultado del sorteo, las personas ganadoras autorizan a que su nombre e imagen aparezcan en publicaciones y demás medios publicitarios y en general en todo material de divulgación de las actividades anteriores y posteriores a la promoción, como es la entrega del premio, sin que esto implique remuneración o compensación alguna; renunciado así las personas ganadoras al cobro de derechos de imagen o reclamos por este concepto. Una vez ratificadas las personas ganadoras, la Fundación podrá publicar el resultado del sorteo en la página de Facebook, Tik Tok o bien mediante algún otro medio, condición que conoce y acepta el ganador o ganadora. No podrán participar en el concurso ningún colaborador o funcionario de la Fundación Costa Rica – Canadá, que se encuentre directamente registrado en la planilla vigente o bien familiares de los funcionarios por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive. Para mayor información o consultas, contáctenos mediante mensaje privado a nuestra página de Facebook. Derechos reservados 2026. Prohibida su reproducción por cualquier medio.